REBELLION AND RESISTANCE IN THE IBERIAN EMPIRES, 16TH-19TH CENTURIES.

Insurrección (ES) | Insurreição (PT)

Author: Rafael Sagredo Baeza

Affiliation: Pontificia Universidad Católica de Chile

https://doi.org/10.60469/ksxd-9y14


Sólo en la quinta edición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Castellana, publicado en 1817, aparece la palabra insurrección que, desde entonces, se define como “el levantamiento, sublevación o rebelión de algún pueblo, nación, etc” (RAE 1817). Un significado que estudiosos de las revoluciones y rebeliones, como J.H. Elliot, utilizan para aludir a las revueltas en la Monarquía española, y en general en la Europa moderna, para aludir a disturbios y protestas violentas o “insurrecciones de masas contra la totalidad del orden social”, pero también de la nación política, o una fracción, contra un régimen impopular. Ofreciendo las principales que afectaron a la monarquía española en el decenio 1640-1649, las de Cataluña, Portugal, Sicilia y Nápoles (Elliot 1981: 123-144).

Henry Kamen parece sustentar lo dicho por Elliot cuando al definir conceptos básicos de la historia moderna de España y América, en “revueltas populares”, habla de las revueltas populares originadas en el seno de una comunidad como consecuencia de tensiones propias de la vida social que, en ocasiones, excepcionales, se transformaban en rebelión (Kamen 1986). Noción que se expresa en un documento datado el 25 de noviembre de 1791 en San Lorenzo…, emanado de la Secretaria de Estado y dirigido al capitán general de Cuba, en el que a propósito de la que se califica como “insurrección de los negros de la parte francesa de la Isla de Santo Domingo”, se le advierte sobre la conducta que debe seguir, es decir auxiliar a los blancos con víveres, armas y municiones”, pero solo en caso que se formen cuerpos de malhechores, piratas o negros contra los blancos (Archivo General de Simancas, SGU, LEG, 6846, 79).

La enunciación de la voz insurrección en un diccionario ibérico en 1817 tal vez se explique por la “Guerra de independencia”, a la que se hace alusión en la primera frase del prólogo del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Castellana, que el pueblo español había sostenido para liberarse de la dominación francesa, pero que también puede utilizarse para explicar los movimientos separatistas o independentistas en América, ahora en contra de los españoles (RAE 1817). 

Así se aprecia, por ejemplo, en las Noticias autenticas do desembarque das tropas inglesas e sicilianas na Italia, a qual se acha en insurreição contra o tyrano; E dos combates mais próximos, que tem havido na Hespanha. Un breve folleto publicado en Lisboa, en 1809, con antecedentes de la resistencia contra Joaquín I Napoleón, el monarca que el “tirano” y “malvado usurpador” Napoleón, había impuesto en Nápoles, y al que en el documento se califica de opresor. 

En la definición de insurrección la palabra pueblo es central, así como también su actitud contra la autoridad y el orden. La noción de pueblo o nación que esta incluye remite a actores políticos y sociales “modernos” posteriores a la Revolución Francesa, que no existen antes de 1789. Lo que no impide hablar de pueblo, nación o patria, en la acepción tradicional de esos términos, pues lo que la define es su manifestación en contra de alguna autoridad o situación considerada abusiva. 

Así, la aparición de la palabra insurrección justo en la década de 1810 en medio de un contexto de, precisamente, levantamientos, sublevaciones o rebeliones de pueblos o naciones, sean estos españoles o americanos, refleja la forma en que el contexto histórico estimuló la necesidad de hacer entrar un término particular para definir lo que entonces estaba ocurriendo. 

Todo lo anterior permite comprender que en los diccionarios lusitanos y castellanos de la época moderna no esté insurrección y las palabras derivadas de ella, pero sí otras como alboroto, sublevación, tumulto, perturbación, levantamiento, conspiración, alteração, inquietação, perturbação, sedição, motin y rebelião, que permiten acercarse al significado atribuido a insurrección en la medida que con el tiempo se usarían como sinónimo de ésta.

Reflejo de la evolución de la palabra insurrección, cuya definición se aceleró a propósito de las obras de los “filósofos” del siglo XVIII, las luchas de independencia del siglo XIX y la realidad política latinoamericana posterior a la Independencia, son dos registros que aluden a ella, uno condenándola, el otro justificándola “cuando el descontento se ha hecho general”.

El primero es un edicto que José Toribio Medina reproduce en su texto Historia del Santo Oficio de la Inquisición en México, por el cual se prohibió una obra de 1773 titulada Elements d´histoire générale par M.L. Abbé Milot, traducida en Madrid en 1790. La razón, que la Inquisición la consideró capciosa, de proposiciones falsas, escandalosas, temerarias, sediciosas, “contrarias al estado monárquico y que inducen a desprecio e insurrección contra las legítimas potestades”. El segundo, el Diccionario republicano que Juan Espinoza publicó en Lima en 1855 en un esfuerzo por formar a la ciudadanía en medio de un ambiente convulso. Formado en el pensamiento ilustrado del siglo XVIII, pero con la experiencia de la agitación de las primeras décadas del Perú independiente, el país de la anarquía según lo caracterizó Charles Darwin, Espinoza definió insurrección como “una rebeldía en los países gobernados monárquicamente, y el reclamo de un derecho en los que pueden llamarse libres”. Transformándola así en un derecho que nadie podía negar “cuando a un pueblo se le hace insoportable su mal gobierno y el orden de cosas establecido”. Aprovechando la experiencia que proporcionaba la historia, justificó el derecho a la insurrección con el caso de los Estados Unidos, el de la propia América española y, por supuesto, la experiencia peruana. Evolucionando así en menos de un siglo el significado de insurrección, desde acción proscrita, a derecho de los pueblos sometidos.


REFERENCIAS

Diccionarios
Covarrubias, Sebastian de, Tesoro de la lengua castellana o española, Madrid: por Luis Sanchez impresor del Rey, 1611, https://covarrubias.dirae.es/

Espinoza, Juan, Diccionario para el pueblo, Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 2001 (1era edición, 1855).

Pereira, Bento, S.J. 1606-1681, Thesouro da lingoa portuguesa, Lisboa: Officina de Paulo Craesbeeck, & à sua custa, 1647, https://purl.pt/29129/1/index.html#/1/html

Real Academia Española, [Diccionario de Autoridades]. Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Madrid, 1817  https://webfrl.rae.es/DA.html

Fuentes
“Insurrección de negros en santo Domingo”, Archivo General de Simancas, SGU, LEG, 6846, 79.

Noticias autenticas do desembarque das tropas inglesas e sicilianas na Italia, a qual se acha en insurreição contra o tyrano; E dos combates mais próximos, que tem havido na Hespanha, Lisboa, Na Impressão Regia, 1809.

Medina, José Toribio, Historia del Santo Oficio de la Inquisición en México, México: Ediciones Fuente Cultural, 1952, (1era edición) 1905.

Bibliografía
Elliot, J.H., “Revueltas en la monarquía española, en J.H. Elliot, Roland Mousnier, Marc Raeff, J.W. Smit y Lawrence Stone, Revoluciones y rebeliones de la Europa moderna, Madrid, Alianza Editorial, 1981.

Kamen, Henry, Vocabulario básico de la historia moderna. España y América 1450-1750, Barcelona, Editorial Crítica, 1986.