REBELLION AND RESISTANCE IN THE IBERIAN EMPIRES, 16TH-19TH CENTURIES.

Suplicar (ES) | Suplicar (PT)

Author: Laura Machuca Gallegos

Affiliation: RERSAB/CIESAS

https://doi.org/10.60469/1nvn-x139


El diccionario de Covarrubias (1611, 2ª parte: 35) registra la palabra suplicar “Rogar humilmemente del nombre supplex”, suplicación “El memorial que se da suplicando”, muy cercana a súplica que define como “El memorial que se da al Papa, etc”.  Los dos significados serán retomados por otros diccionarios castellanos posteriores. Bluteau (1721, en línea) lo registra en portugués como “exorar. Supplicar. Alcançar com rogos”. También aparece como “supplicaçam ou forma de suplicar” (Pereira, 1697 en línea), pedir com instancia, ou em juizo, requerer por via de Direito” (Fonseca, 1798 en línea). Así en las dos lenguas existe el doble significado de ruego y de instancia jurídica.

Las “súplicas” o “peticiones” y “súplica” o “supplicaçam” (en portugués) por vía judicial se dirigían a cualquier autoridad. En el antiguo régimen el principal destinario era el rey para solicitarle una gracia: desde el perdón por algún crimen, un permiso, dinero, un acto de justicia, etc. En el caso de la monarquía hispánica -y en Franciaa, Portugal, etc- el rey otorgaba el derecho de petición a cualquiera de sus súbditos a través de la vía escrita, por eso fue una práctica común (Gómez, 2008: 23).  El siguiente ejemplo es una súplica de frei João Soares de 1545: “Enformaçam pera se fazer supplicaçam еm forma sobre a provisom do bispado de Coimbra” (Apud, Nunes, 2020, p. 36).

La Novísima Recopilación tiene toda una parte dedicada a las “suplicaciones” (t. V, tit. XXI, libro XXI: 228), en la ley, 1 que data de los tiempos de Fernando e Isabel, en 1502, se mandaba que de toda sentencia y en otros autos “…que la parte, que quisiese suplicar, sea tenida de suplicar, y exprimir los agravios por escrito dentro de tercero día… y que la parte que quisiere suplicar de la sentencia definitiva haya solamente término para suplicar de diez días y no mas…”. En 1769 se agregaba que una vez “negada la súplica, no se admitirá más pedimento sobre el asunto” (t. II, ley XI, libro V: 424).

Un ejemplo, entre tantos, data de 1819 cuando se presentó al virrey de la Audiencia de México una petición para ocupar un puesto de subdelegado en la Intendencia de Yucatán: “Acudo lleno de confianza… a suplicar a Vuestra Excelencia que, en caso de considerarme acreedor, me proponga a fin de que si la alta autoridad de Vuestra Excelencia tuviese a bien recibir en su superior aceptación esta mi sumisa súplica, acceda a ella…” (AGN, AHH, 513, 30, 1819). Para el caso portugués se ha encontrado un análisis de una “Súplica dirigida a Napoleão, pela Junta dos Três Estados”, de 1807 (Hespanha, 2008). Los dos ejemplos muestran la importancia tardía de este instrumento de petición.


REFERENCIAS

Diccionarios
Bluteau, Rafael, Diccionario Castellano y Portuguez para facilitar a los castellanos el uso del Vocabulario Portuguez, y Latino. Lisboa, Officina de Pascoal da Silva, 1721. http://clp.dlc.ua.pt/DICIweb/default.asp?url=Obras&Livro=1&Edicao=1

Covarrubias Orozco, Sebastián, Tesoro de la lengua castellana o española, Madrid, Luis Sánchez impresor, 1611. http://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000178994&page=1

Fonseca, Pedro José da,  Parvum lexicum latinum lusitana interpretationes adjecta, Olisipone, Typographia Regia, 1798. http://clp.dlc.ua.pt/DICIweb/default.asp?url=Obras&Livro=16&Edicao=17

Pereira, Benito, Thesouro da lingua portugueza, Évora, Tipografia da Academia, 1697. http://clp.dlc.ua.pt/DICIweb/default.asp?url=Obras&Livro=2&Edicao=2

Fuentes manuscritas
“Propuestas para ocupar la subdelegación de Sotuta”, Archivo General de la Nación, México (AGN), Archivo Histórico de hacienda (AHH), vol. 513, exp. 30, 20 de julio de 1819.

Fuentes impresas
Novísima Recopilación de las Leyes de España dividida en XII Libros en que se reforma la Recopilación publicada por el Señor Don Felipe II en el año de 1567, reimpresa últimamente en el de 1775, y se incorporan las pragmáticas, cédulas, decretos, órdenes y resoluciones Reales, y otras providencias no recopiladas, y expedidas hasta el año de 1804, Madrid, 1805.

Historiografía
Gómez, Margarita, El sello y registro de Indias. Imagen y representación, Colonia, Alemania, Böhlau Verlag Köln Weimar Wien, 2008.

Hespanha, António Manuel, “Sob o signo de Napoleão. A Súplica constitucional de 1808”, Almanack brasiliense, 107, maio 2008.

Nunes Fernandes, Alécio, Processos judiciais e práticas de justiça da Primeira Visitação do Santo Ofício ao Brasil (1591-1595), Brasilia: Universidade de Brasília, Instituto De Ciências Humanas, Programa De Pós-Graduação Em História (PhD Dissertation), 2020.